Patrimonio Cultural
El Ministerio de Cultura tiene por misión la protección, conservación y difusión del Patrimonio Cultural de la nación. Se define a patrimonio como la herencia de cualquier bien, ya sea material o inmaterial, que nuestros antepasados han dejado a lo largo de la historia y que se transmite de generación en generación.
La Ley Nº 28296, llamada la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, define al patrimonio cultural de la siguiente manera:
“Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano –material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado ontológico , arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente Ley.”
Las Direcciones Generales responsables de velar por la integridad, conservación y transmisión de nuestro patrimonio son :
- Dirección General de Patrimonio Cultural
- Dirección General de Museos
- Dirección general de patrimonio arqueológico inmueble
- categorías del patrimonio cultural:
- Patrimonio industrial: Se refiere a todos los bienes inmuebles y muebles adquiridos o producidos por una sociedad en relación a sus actividades industriales de adquisición, producción o transformación; a todos los productos generados a partir de estas actividades, y al material documental relacionado.
- Patrimonio documental: Se refiere a la documentación que se conserva en archivos e instituciones similares. El patrimonio bibliográfico, a su vez, se refiere a los libros, periódicos, revistas y otro material impreso. Aunque en el sentido más estricto de la palabra se refiere a documentos y textos impresos sobre papel, con la nueva tecnología también consideramos como documentos las grabaciones, medios digitales, audiovisuales y otros.
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